Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2020-04-14
Tipo:   Internet
Sección:   DF- Innovación y Startups
URL:   Link
Df.cl

Las dudas que genera la Ley de Protección del Empleo a las PYME
La implementación y aspectos tributarios podrían frenar un uso masivo de la normativa. Sectores afectados como los hoteles señalan que se acogerán a partir del 1 de abril, porque en marzo, ante las dudas previas, pagaron los sueldos a los trabajadores.

A comienzos de mes el gobierno promulgó la Ley de Protección del Empleo con el objetivo de asegurar la fuente laboral, especialmente de aquellos que trabajan en Pequeñas y Medianas Empresas (PYME), que se han visto afectadas por la expansión del coronavirus. La ley que entró en vigencia el 6 de abril, en el grueso, permite a las empresas suspender los contratos laborales, por cuarentena o por acuerdo con el trabajador, para que estos últimos se acojan al seguro de cesantía, y pactar una reducción de la jornada laboral.

De acuerdo al cronograma, a partir de mañana 15 de abril los empleadores podrán subir al sitio web de la AFC (Administración de Fondos de Cesantía), la nómina de los trabajadores que accederán al beneficio. Sin embargo, entre los gremios que reúnen las firmas más afectadas, como hoteles y restaurantes, existe incertidumbre respecto a la implementación de la normativa en la práctica y en aspectos tributarios.

Patricio Aguilera, director de la Asociación Gremial de Hoteleros de Chile, junto con celebrar la medida, advierte que "no sabemos con lo que nos vamos a encontrar" tras la inscripción de la nómina de trabajadores pagados bajo la ley de cesantía.

"Todos sabemos que había que inscribirse y entendemos que la generalidad de nuestros colegas están inscritos para acogerse a estos beneficios, pero los problemas van a empezar mañana. Lo que primero va a ocurrir es que la página web (para inscripciones) va a estar saturada, con un gran número de empresarios acogiéndose", dice.

El también gerente general de Hotelera Los Españoles explica que a pesar de que la ley tiene efecto retroactivo desde el 18 de marzo, "nosotros nos vamos a acoger, pero desde el 1 de abril en adelante, porque yo le pagué a mis trabajadores el sueldo completo hasta el 31 de marzo", a pesar de cerrar sus dos hoteles los días 20 y 26 del mismo mes.

El presidente de la Asociación Chilena de Gastronomía (Achiga) Máximo Picallo, en tanto, explica que uno de los temas que genera preguntas es el pago de las cotizaciones de salud: "Actualmente, si un trabajador tiene un plan de isapre mayor que el 7% obligatorio, el empleador descuenta esa diferencia del sueldo líquido al trabajador. (Bajo la ley) ¿Quién paga esa diferencia? ¿El empleador, si no lo va a poder descontar? ¿El trabajador va a tener que ir a la isapre a suplementar ese plan? Eso no quedó resuelto en la ley".

Ejecución
Los contadores son quienes tienen que llevar a la práctica esta normativa y así, paliar dudas. Sin embargo, "hay muchas cosas que se están improvisando", dice Carolina Silva, directora de la Comisión de Legislación Tributaria, Económica y Laboral del Colegio de Contadores de Chile.

"Se cambia sobre la marcha y se desordena la instrucción oficial", indica Silva, quien recibe preguntas de contadores a nivel nacional, planteadas por las propias PYME.

Explica, por ejemplo, que no existe un anexo estándar de contrato para validar la suspensión de éste y no se sabe cuál usar. "Lo ideal hubiera sido que la Dirección del Trabajo publique este pacto para que todos lo podamos ocupar y no haya dudas".

Por otro lado, señala que para acceder al sitio de la AFC se necesita una clave de empresa y no todos funcionan con ésta que, además, no se puede obtener por internet. "Es decir, debemos esperar a que la AFC se pronuncie sobre este tema", dice.

Asegura también que "la ley no deja claro si los contribuyentes que estén en mora de pago de cotizaciones previsionales se pueden acoger a estos beneficios o no", y respecto a la reducción de la jornada laboral dice que "hay una letra chica, ya que sólo se pueden acoger los contribuyentes de IVA", por lo que aquellas PYME que entregan servicios, sólo podrían optar a la suspensión del contrato.